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Hoy en día el mercado de segunda mano está en auge. Los años de crisis empujaron a mucha gente a  deshacerse de objetos que tenían en propiedad para conseguir dinero en efectivo , o comprar bienes de segunda mano por no poder permitirse el acceso a uno nuevo. Aunque la situación económica ha mejorado, esta práctica sigue creciendo.

El ámbito de los automóviles no ha sido distinto, la oferta de coches de segunda mano ha aumentado considerablemente y es habitual la formalización de un contrato de compraventa de vehículos entre particulares.

Además, esta práctica supone un ahorro tanto para el comprador como para el vendedor, en cuanto se eliminan intermediarios, y es muy sencillo acceder a este mercado, ya que existen multitud de páginas web especializadas en este tipo de compraventa. Hoy en día, comprar o vender un coche está a un click de cualquiera.

No obstante, esto no significa que pueda hacerse a la ligera. Aún cuando sea de segunda mano, la compra de un coche es una inversión muy seria, que debe, no sólo ser meditada, sino realizada con garantías.

Desde el punto de vista del vendedor, también es interesante ceñirse a ciertas formalidades para evitar sorpresas e imprevistos. Debes conocer tus derechos y obligaciones, ya sea como comprador o como vendedor, y tener claro qué podría reclamarte la otra parte.

A continuación, vamos a realizar un recorrido sobre los aspectos más importantes del contrato de compraventa de coches

Definición del Contrato de Compraventa

contrato compraventa vehiculos

El código civil define, en su artículo 1445, la compraventa como aquel contrato por el que uno de los contratantes se obliga a entregar una cosa determinada, y el otro, a pagar por ella un precio cierto, en dinero o signo que lo represente. Aquel que se obliga a entregar una cosa es el vendedor, y el que paga el precio, el comprador.

Se trata de un contrato consensual, que se perfecciona con el acuerdo o conformidad de los contratantes, bilateral, en la medida en que produce obligaciones para ambas partes contratantes, oneroso, en cuanto ambas partes tienen ventajas y obligaciones económicas recíprocas y traslativo de dominio, ya que sirve como título para transmitir el dominio de la cosa, que pasará de manos del vendedor al comprador.

En este proceso, la redacción y firma de un contrato es crucial, ya que será este documento el que recoja todas las condiciones de la transacción, que no podrán ser modificadas una vez firmadas, a no ser que haya acuerdo entre las partes.

El contrato de compraventa de coches de segunda mano

Uno de los principales aspectos a tener en cuenta es si vamos a realizar este contrato entre particulares o las partes van a ser un particular y una empresa.

En los casos de contratos entre particulares, estaremos ante un contrato civil. Pero, incluso aunque se trate de coches de segunda mano, la compraventa se puede realizar en un taller o concesionario profesional, supuesto en el que se trata de un  contrato de compraventa de vehículo de carácter mercantil .

Cualquier contrato de compraventa constará de tres apartados. El primero, se refiere a la identificación de las partes.

Cuidado con esto si es un contrato entre particulares, ya que debes asegurarte de que al contrato le acompaña una identificación del comprador, ya sea, copia del DNI, NIE, pasaporte o tarjeta de residencia, para que sea válido. No será suficiente con la identificación precisa en el contrato ni con la firma, el contrato debe cumplir con ambos requisitos.

La segunda parte del contrato de compraventa es el objeto del contrato, es decir, en este caso, el coche que se vende. Aquí se detallarán al máximo posible las características del vehículo, su estado de conservación, su identificación.

Es importante ser lo más específico posible para evitar posibles malentendidos entre las partes o discrepancias futuras. Si, por ejemplo, el coche tiene una luz fundida y el vendedor se compromete a entregarlo con el repuesto cambiado, o si las ruedas están gastadas y se entregará con unas nuevas, o, incluso al contrario, si el vendedor acepta la compraventa en el estado en el que esté el coche, tales aspectos deben quedar reflejados en el contrato para evitar futuras reclamaciones, discrepancias o discusiones.

Por último, se incluirán las cláusulas del contrato, las cuales obligan a las partes. En este apartado se fija el precio del vehículo, así como los posibles acuerdos respecto a la forma de pago: si se paga a plazos, en efectivo, la forma o el momento de pago acordados. Puede acordarse quién se hará cargo del cambio de titularidad, un plazo de garantía

En los contratos civiles, existe cierta libertad para que las partes fijen las condiciones, aunque, una vez que se firmen, éstas obligarán a ambas partes. El límite a esta autonomía de la voluntad se encuentra en la ley vigente, así, no será válido un pacto que incumpla alguna ley.

Tampoco existe una obligación de garantía entre particulares, no obstante, ésta puede ser pactada libremente si es la voluntad de ambos. En este punto, debemos distinguir entre garantía y responsabilidad del vendedor, ya que, en caso de que, una vez formalizada la compraventa, el comprador detecte un fallo o defecto grave que no se viese a simple vista y pudiese haber cambiado la decisión del comprador o el precio, existe una responsabilidad a cargo del vendedor, que podrá ser invoca ante los tribunales.

Consejos a tener en cuenta a la hora de realizar una compraventa de vehículo

Ante todo, hemos de cerciorarnos de que la persona que nos vende el vehículo es la verdadera propietaria. Esta información se recoge en el permiso de circulación, por lo que podrás comprobarlo por la mera exhibición del mismo. Nunca firmes el contrato de compraventa antes de realizar esta comprobación

En este sentido, asegúrate también de que no pesen cargas sobre el coche, como una reserva de dominio o un embargo. Para hacer esta comprobación, puedes solicitar un informe a la DGT.

No olvides que el contrato de compraventa debe ir acompañado de alguna identificación oficial de ambas partes, por lo que habrá que adjuntar una copia de los documentos de identidad tanto del comprador como del vendedor, para que el contrato sea válido.

Deja las demostraciones de confianza para otros ámbitos. En estos casos, conviene siempre que quede todo reflejado por escrito, con la máxima concreción posible, no formalices contratos de palabra. Tampoco entregues las llaves del vehículo hasta que no hayas recibido el precio, ni entregues cantidades de dinero sin formalizar por escrito un contrato. Piensa que todos somos amigos, hasta que surge un problema y que es muy fácil que cada uno entienda una cosa distinta, por lo que dejarlo expresado por escrito nos ahorrará complicaciones innecesarias

Sé transparente y no trates de engañar a la otra parte, para evitar problemas posteriores. Dar toda la información al comprador para que sea él el que, en base a la realidad, tome las decisiones puede ahorrar complicaciones. No ocultes un defecto en el vehículo por miedo a que el comprador decida no continuar con la compra, ya que si formaliza la compra y posteriormente descubre el defecto, te pedirá responsabilidad.

En el momento de formalizar la compraventa, el vendedor debe probar al comprador que la documentación del vehículo está en regla, que tiene la ITV en vigor, está al día del impuesto de circulación, que las reparaciones que se detallan son reales… además, el vendedor entregará al comprador todos los documentos que se detallen en el contrato.

No olvidéis incluir la fecha y la hora de la compra. Puede parecer un detalle sin importancia, pero desde el momento en el que el comprador adquiere el dominio del vehículo, puede incurrir en todo tipo de infracciones y el responsable de las mismas será el propietario, por lo que si el contrato no refleja la fecha y la hora exactas, puedes encontrarte pagando multas o recibos que no te corresponden.

Puede ser una buena idea incluir una cláusula en el contrato de compraventa por la que el vendedor se comprometa a probar en un plazo de tiempo determinado, que ha puesto el vehículo a nombre del comprador, es decir, el permiso de circulación. Esto puede evitar que el vendedor se encuentre pagando un impuesto de un coche que ya no le pertenece, que reciba multas por infracciones que no cometió, o que el vendedor se encuentre con que el vehículo no está a su nombre cuando quiera, por ejemplo, volver a venderlo. Recuerda que, como decíamos, los actos de confianza es mejor dirigirlos a otros aspectos de la vida.

Asimismo, concreta cuál de las dos partes se hará cargo del pago de estos gastos. La transferencia de un vehículo tiene un coste, ya que habrá de abonarse el pago del impuesto de Transmisiones Patrimoniales, las tasas de la DGT y, normalmente, la contratación de una asesoría que se encargue del papeleo. No des por hecho que será una de las partes la que pague estos gastos y hazlo constar por escrito en el contrato.

No compres un vehículo sin haberlo probado. La apariencia exterior puede parecerte muy importante, pero lo más importante es su correcto funcionamiento, así que asegúrate de que todo está bien antes de comprometerte. Si es necesario, puedes pedir a un mecánico que revise el estado del coche. Pide que los kilómetros consten por escrito en el contrato, ya que en ocasiones se manipulan los cuentakilómetros y, de encontrarte en este caso, necesitarás pruebas.

Por último, conserva siempre una copia firmada del contrato.

Nulidad en el contrato de compraventa de vehículos

Al hablar de nulidad nos referimos a las imperfecciones de un contrato que hacen que éste no despliegue sus efectos, es decir, lo invalidan. En estos casos, la nulidad del contrato de compraventa de vehículos tiene los mismos requisitos que cualquier otro contrato de compraventa. Así, será nulo el contrato que se celebre en contra de normas imperativas o prohibiciones legales, pero también si falta alguno de los elementos esenciales del contrato del artículo 1261 del Código Civil: consentimiento, objeto cierto y causa de la obligación. En tales casos, la compraventa carecerá de eficacia jurídica, por lo que, como decíamos, el contrato no producirá efectos, por lo que las partes deberán retornar a la situación original, de modo que si se hubiesen realizado pagos o entregado bienes, deberán deshacerse tales entregas.

Para estos contratos entre particulares, las limitaciones que establece el código civil son que la cosa sea cierta, es decir, el objeto debe estar claramente determinado, que exista un consentimiento mutuo entre las partes, que se expresará a través de la firma del contrato, y que las obligaciones sean bilaterales, no permitiéndose que se abra la posibilidad de que sólo una de las partes cumpla con sus obligaciones, es decir, que no sería válido, por ejemplo, un pacto por el que el comprador se ofrece a pagar el precio y el vendedor no tenga ninguna obligación.

En cualquier caso, si tienes dudas sobre el procedimiento, sobre el contenido del contrato de compraventa o sobre su redacción, consulta siempre a un experto en la materia, que podrá aconsejarte según tu caso concreto.